lunes, 21 de junio de 2010

La disolución del ayuntamiento de Marbella


No resulta muy conocido, pero Izquierda Unida pidió la disolución del Ayuntamiento de Marbella cuando Jesús Gil desafió la legalidad vigente aprobando su plan de forma unilateral. Tanto Arenas, entonces Ministro de Trabajo, como Chaves rechazaron de pleno la propuesta. Manuel Chaves, mostró su rechazo a la propuesta de Izquierda Unida argumentando que “debe ser el pueblo, que lo ha elegido el que, en todo caso, tiene que quitar a Gil de la Alcaldía. Cualquier otra decisión o planteamiento no se correspondería mucho con el espíritu democrático que deberíamos tener todos los partidos que estamos dentro del arco parlamentario". Olvidaba el Presidente que la principal característica de una democracia es el respeto por la Ley, algo que entonces era obvio que a Jesús Gil le importaba un pimiento.

Tras la moción de censura que desbancó a Julián Muñoz, se volvió a plantear, por segunda vez, la posibilidad de disolver la corporación municipal, cuando Izquierda Unida presentó una proposición en las Cortes Generales para que actuará con el objetivo deregenerar democráticamente el Ayuntamiento de Marbella”. Transcribo por su enorme interés el debate del Congreso de los Diputados sobre la hipotética disolución del Ayuntamiento de Marbella en el año 2003:

La señora Presidenta doña Luisa Fernanda Rudi: Interpelación del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida sobre las actuaciones (...) y los criterios de aplicación del artículo 61[1] de la Ley de Bases de Régimen Local en general, singularmente en el caso del Ayuntamiento de Marbella.

Don José Luís Centella Gómez: Señora presidenta, (…) los escándalos del Ayuntamiento de Marbella han evidenciado cómo se conectan claramente negocios privados con decisiones políticas.(…).

La preocupación social conectada con aquello a lo que se ha llegado en el Ayuntamiento de Marbella ha desatado, a nuestro juicio, una señal de alarma ante el deterioro de la democracia.

(…)

Ha acabado por suceder lo más grave que puede suceder en una institución municipal. (…) es decir, lo que las marbelleras y marbelleros votaron en su día hoy no tiene representación en la corporación que gestiona los asuntos de Marbella.

(…)

El final, por ahora, es de esperpento (…) en estos momentos se evidencia cada vez más cómo se trata de recuperar al señor Roca (…). No es suficiente con la disolución del Ayuntamiento de Marbella. Por ello, es importante investigar y aclarar desde el punto de vista político cuál ha sido el proceso por el cual la democracia se puede degenerar. El segundo pilar de nuestra propuesta es la comisión de investigación. Por ello, la semana próxima, propondremos la creación de una comisión parlamentaria de investigación. Con toda sinceridad, creemos que sería un verdadero escándalo que se cerraran las puertas a esa investigación parlamentaria, que se impidiese que el Congreso de los Diputados pudiese llegar al fondo de lo que ha ocurrido en Marbella

El Sr. Vicepresidente segundo del Gobierno y Ministro de la Presidencia, don Javier Arenas: Por supuesto que el Gobierno está analizando todo lo que ha sucedido en Marbella en términos políticos porque ésa es la responsabilidad del Gobierno. Sin embargo, también le quiero decir que ese análisis tiene que partir de dos premisas fundamentales. La primera es el respeto a la autonomía local.

(…)

La segunda cuestión importante que el Gobierno tiene muy presente, y yo estoy seguro de que S.S. también, es que ha habido elecciones en Marbella y que la voluntad popular se ha trasladado el 25 de mayo, con unos concejales electos que están ahí (…). A partir de ahí, aparece una pregunta: ¿Se plantea el Gobierno en este momento proponer la disolución de la corporación municipal de Marbella? En este momento no tenemos esa posición política. Sí le digo que estamos haciendo estudios e informes.

(…)

Sin embargo, a la vez que digo todo esto, pasamos a la siguiente cuestión: ¿Ha llegado el momento de proponer la disolución del Ayuntamiento de Marbella? (…) no se puede proponer la disolución de un ayuntamiento si no es con todo el amparo de la ley, con todo el amparo jurídico y también con el amparo de la doctrina del Tribunal Constitucional. No se puede proponer la disolución de un ayuntamiento por razones políticas, por oportunismo electoral, por juicios de valor o porque se haya dado un comportamiento que sea reprobable en términos éticos o en términos estéticos.

(…)

¿Qué nos dice la ley? Que sólo se puede plantear la petición de disolución cuando se da un ataque grave al interés general y además hay un incumplimiento reiterado de las obligaciones constitucionales (…) ¿la corporación municipal de Marbella lleva mucho tiempo gestionada por sus actuales responsables? La actual lleva poco tiempo. ¿A la actual corporación municipal le tenemos que imputar en términos políticos conductas anteriores.

La Fiscalía Anticorrupción ha funcionado, el Tribunal de Cuentas está prestando muchísima atención, la Junta de Andalucía ha reaccionado con acierto en el terreno urbanístico, tan importante para esa ciudad; con especial referencia hablaba yo de la seguridad o inseguridad jurídica hablando del terreno del urbanismo.

Don José Luís Centella Gómez :Señora presidenta, señorías, señor ministro, le he encontrado excesivamente justificativo con la situación de Marbella. Yo le podría suponer cierto síndrome de Estocolmo respecto al Club Financiero (Inmobiliario), aquella oficina en la que gestiona Gil sus negocios. La verdad es que yo esperaba algo más de contundencia (…) Hay que iniciar los trámites para la disolución (…) Por tanto, sí a la autonomía local, pero también sí al Estado de Derecho.

En primer lugar llama poderosamente la atención como sólo Izquierda Unida solicita la disolución del Ayuntamiento (el PSOE también se negó en una iniciativa similar presentada en el Parlamento Andaluz). En segundo término, cabe preguntarse el por qué de justificar a unos munícipes sobre los que ya pesaban evidencias claras de sus prácticas corruptas. La respuesta es muy sencilla, la disolución del Ayuntamiento hubiera llevado irremediablemente a unas elecciones anticipadas en Marbella, lo cual no interesaba ni al Partido Popular ni al PSOE, dada la traición de su baluarte en Marbella, Isabel García Marcos. Por último, queda para la historia la defensa de don Javier Arenas sobre la gestión urbanística de la Junta de Andalucía. Desde que abandonó el gobierno el dirigente popular ha repetido hasta la saciedad que la Junta de Andalucía ha estado “mirando hacia otro lado” en la gestión urbanística de Marbella. Queda patente pues, la distinta percepción de la realidad si uno se encuentra en el gobierno o en la oposición. La realidad es que la Junta había interpuesto hasta ese momento

Después de todas las evidencias reseñadas, no cabe duda que la Junta de Andalucía vino barajando la posibilidad de disolver el Ayuntamiento de Marbella desde la moción de censura, si bien se decidieron en principio por una fórmula intermedia, es decir, retirar las competencias urbanísticas al municipio. Cuando se hizo evidente que la situación había degenerado a unos niveles inaceptables en un Estado de Derecho no les quedó más remedio que actuar, eso sí, cuando ya no era posible adelantar las elecciones y la situación en Marbella pasaba irremediablemente por la creación de una comisión gestora.

Sin embargo, a mi me llamaba más la atención la capacidad de recuperar las competencias urbanísticas en aquellos casos en que la gestión afectara a la planificación de territorio. La Ley entró en vigor el 12 de diciembre de 2005, pero Manuel Chaves ya había anunciado que se le aplicaría a Marbella. Era una ley pret a porter para acabar con el urbanismo que estaba llevando a cabo el consistorio Marbellí. Debo decir que estuve de acuerdo con la medida, a pesar de que la postura de Ángeles Muñoz siempre fue contraria. Sentí un gran alivio cuando el presidente del Partido Popular, don Mariano Rajoy afirmó que: “ A mi que le retiren las competencias urbanísticas a un municipio como Marbella, pues me parece bien” . Ojalá las hubieran retirado quince años antes, hubiéramos tenido una ciudad mucho más justa y racional.

Muchas veces la gente no percibe el terrible daño que hace la corrupción urbanística. Parece que a nadie le afecta que hagan un adosado más o menos, sin embargo importa y mucho. El dinero proveniente de los convenios urbanísticos debe ser invertido en equipamiento público. El motivo es bien sencillo; cuando se convenia siempre es para aumentar la edificabilidad (metros cuadrados construidos y/o densidad en el número de viviendas construidas).

Lógicamente, a mayor población, mayores necesidades de infraestructuras como carreteras, parques, aceras, hospitales, escuelas, bibliotecas, polideportivos etc. Por eso es importante que los ayuntamientos no financien otras actividades públicas con las plusvalías del urbanismo. En Marbella los convenios urbanísticos no financiaban otras actividades urbanísticas, sino que iban directamente al bolsillo de Roca. Cuando un político cobra una comisión ilegal, deja de hacer una obra pública en detrimento de los ciudadanos y eso, además de prevaricar, se llama malversación de fondos públicos.

Por otra parte, cuando un empresario paga, repercute directamente este “coste” en el consumidor final, con lo que todos los que compran una vivienda, además de disfrutar de un nivel inferior de servicios públicos (acercándonos al tercer mundo) se pasarán los siguiente 40 años pagando la corruptela de sus representantes políticos a través de la hipoteca.

El 17 de Marzo de 2006 la Junta de Andalucía iniciaba el expediente para retirar las competencias urbanísticas a Marbella. Chaves justificaba la medida ante el incumplimiento sistemático de la legalidad y el desacato de las sentencias urbanísticas. El Ayuntamiento por entonces venía concediendo licencias urbanísticas por la vía del silencio administrativo. Lo que muchos no dicen es que para que se considere una licencia otorgada por silencio administrativo hace falta que la administración local otorgue un certificado de “actos presuntos”, certificado por el que Roca también cobraba (supuestamente, claro). La retirada de las competencias urbanísticas sólo era el primer paso. Desde Agosto de 1998 el gobierno autónomo sopesaba la disolución del Ayuntamiento en base a lo previsto en el artículo 61 de la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local y 183 la Ley Electoral General. Claro que la Junta de Andalucía tenía un problema, si se disolvía el Ayuntamiento ganaría el Partido Popular con abrumadora mayoría absoluta, y eso a un año de las elecciones municipales no lo podían tolerar, puesto que podía ser interpretado por la ciudadanía como una “señal de cambio” en el resto de Andalucía. Había que esperar a que quedase menos de un año, porque en este caso, en lugar de celebrarse elecciones, la Diputación nombraría una “Comisión Gestora” que administraría el municipio hasta los siguientes comicios.

No cabe duda que el Fiscal Anticorrupción López Caballero actuó de contemporizador instando la actuación del Juez en el momento que más convenía al gobierno, es decir, una vez que era imposible adelantar las elecciones. Cuando Isabel Pantoja fue detenida, Mariano Rajoy acusó a Zapatero de adelantar su arresto para hacerlo coincidir con su visita a Marbella. Ante esta imputación, Zapatero respondió que “los jueces son independientes en democracia”. Olvidaba el Sr. Zapatero que los jueces actúan a instancia de los fiscales y que éstos no se rigen por el principio de independencia, sino por el de jerarquía, obedeciendo órdenes del Fiscal General del Estado.

La Junta de Andalucía manejó a la perfección los tiempos de la disolución. Lo decidieron a principios de diciembre Chaves y Zarrías, por eso, ese mismo mes le dijeron a Paulino Plata que debería ir a Marbella a resolver el desastre que en buena medida había montado su cabeza de lista en las últimas elecciones, Isabel García Marcos. No es casualidad que el decreto que oficializa la primera liquidación de la soberanía popular en la democracia española diera como primer motivo: “Su absoluta falta de colaboración con la Junta de Andalucía, al desatender sus numerosas solicitudes y requerimientos referidos a actos viciados de nulidad, paralización de obras ilegales, incoación de expedientes sancionadores y restablecimiento del orden jurídico perturbado“.

El martes 29 de marzo escuché un helicóptero sobrevolar mi casa. Yo vivo al lado de la casa consistorial y pensé “Roca será ya capaz de aterrizar en la misma plaza de los Naranjos”, no sabía cuanto me estaba equivocando. Ese día veinte personas son detenidas entre ellas la alcaldesa, Marisol Yagüe, Juan Antonio Roca, junto con concejales, abogados, testaferros y empresarios por orden del joven juez Miguel Ángel Torres, que dictó prisión incondicional para todos . Isabel García Marcos se encontraba de luna de miel en Moscú, así que el segundo teniente de alcalde Tomás Reñones, quedaba como alcalde en funciones aunque desde el primer momento muestra su intención de dimitir. Lógicamente, a los que todavía no habían detenido estaban muy nerviosos en espera de ser ajusticiados.

El 4 de abril, es decir seis días después de la operación, el Consejo de Ministros acuerda la disolución del Ayuntamiento de Marbella en una reunión extraordinaria que tenía este asunto como único punto en su orden del día, pero ya era demasiado tarde para unas elecciones. Éstas se debían producir el último domingo de Mayo del año 2007 y el procedimiento para convocar unas elecciones (constitución de la Junta Electoral de Zona, presentación de candidaturas, campaña electoral etc.) necesita un plazo mínimo de 2 meses. El juez Torres actuó dos días antes después de que fueran imposibles unas elecciones generales. En política no se dan las casualidades y cuando ocurren están perfectamente previstas.




[1] Art 61.1. LBRL. El Consejo de Ministros, a iniciativa propia y con conocimiento del Consejo de Gobierno de la comunidad autónoma correspondiente o a solicitud de éste y, en todo caso, previo acuerdo favorable del Senado, podrá proceder, mediante Real Decreto, a la disolución de los órganos de las corporaciones locales en el supuesto de gestión gravemente dañosa para los intereses generales que suponga incumplimiento de sus obligaciones constitucionales”.

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